Miércoles, 08 Septiembre 2010
Locales PP6 y PP1
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PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA VENTA DE LOS LOCALES COMERCIALES SITOS EN LAS PARCELAS DEL PP6 Y PP1 EN SOLAGUA Y AMPLIACION EN CAMPO DE TIRO.


CLAUSULA 1ª.- OBJETO DEL PLIEGO

Se regulan por el presente pliego las condiciones para la venta de los locales comerciales sitos en las parcelas del PP6 y PP1 en Solagua y Ampliación en Campo de Tiro. Cada local tiene asignada y repercutida en el precio una plaza de aparcamiento detallada en anexo de precios, que será considerada finca independiente.


CLÁUSULA 2ª. UTILIZACIÓN

El licitador presentará una propuesta de actividad a realizar en el local o locales, que deberá ser una de las admitidas por las normas urbanísticas, que no produzcan ruidos, etc. no permitiéndose la implantación de las actividades comprendidas en los epígrafes III, IV y V de la Ordenanza Municipales de Protección contra Ruidos y Vibraciones del Excmo. Ayuntamiento de Leganés con fecha de vigor el 3 de Abril de 1995, (BOCM 22/03/95)

Las actividades no permitidas aparecerán de forma expresa en la División Horizontal y Obra Nueva del Edificio, incluidas en los Estatutos de la Comunidad Art. 21 del Reglamento de Vivienda de Protección Pública.

No obstante cualquier cambio de actividad requerirá también la autorización expresa de la EMSULE, S. A.


CLAUSULA 3ª. BASE DE LICITACIÓN

Los licitadores podrán ofertar a uno o a varios locales (hasta el máximo permitido por las normas urbanísticas)

Los precios base de licitación por local se expresan en anexo nº1 e incluye la plaza de aparcamiento e I.V.A


CLAUSULA 4ª. ADJUDICACIÓN

Los Locales serán adjudicados por El Consejo de Administración de EMSULE, S.A, a la mejor oferta económica que se presente por cada uno de ellos.

La subasta podrá, no obstante, ser declarada desierta o adjudicada a oferta distinta de la económicamente más elevada, a criterio del Consejo de Administración de EMSULE, S.A. la oferta más elevada incluyese una propuesta de actividad inadecuada al carácter de centralidad y representativo de la zona en la que se ubican los locales.

Cuando un licitador haya optado a más locales colindantes marcando que quiere optar a todos los ofertados, siempre que sea la mejor oferta en alguno de los locales, podrá optar a quedarse con el lote completo siempre que iguale la mejor oferta en cada local. Esta hecho deberá ser asumido en el plazo improrrogable de 48 horas desde que EMSULE, S.A. comunique, de forma fehaciente, al licitador esta circunstancia, y siempre con anterioridad a la adjudicación de los locales por el Consejo de Administración.


CLAUSULA 5ª. REQUISITOS

Los licitadores podrán ser personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica de obrar. La persona que firme la oferta económica en nombre de una empresa acreditará el poder suficiente para hacerlo.

Los licitadores habrán de ingresar, en la cuenta corriente 2100-2214-21-0200141704, la cantidad de 9.015,18 euros, ( NUEVE MIL QUINCE EUROS CON DIECIOCHO CENTIMOS ), en concepto de garantía, que formará parte del pago para el adjudicatario, si se deposita en efectivo y que será devuelta , dentro de los diez días siguientes al de adjudicación, al resto de los licitadores. Esta garantía podrá realizarse mediante aval bancario, según anexo, que habrá de depositarse en EMSULE, S.A. antes o en el momento de presentación de la plica. En el caso de que el adjudicatario renuncie al local una vez adjudicado por el Consejo de Administración de EMSULE, S.A la penalización será de los 9.015,18 euros ingresados o presentados mediante aval bancario de la garantía.


CLAUSULA 6ª. CONVOCATORIA

La subasta se convocará mediante el oportuno anuncio publicado en un diario de tirada nacional.

En el anuncio figurará la fecha, lugar y horario para la presentación de propuestas. La apertura de plicas se realizará en EMSULE, S.A. cinco días después de la finalización de recepción de las ofertas de la subasta y será pública.


CLAUSULA 7ª. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN GENERAL

Las proposiciones se presentarán en EMSULE, S.A.(Empresa Municipal del Suelo de Leganés), Plaza del Salvador nº 9, 28911-Leganés ( Madrid ) una por cada local que se oferte. El plazo de presentación de plicas finalizará el 11 de Septiembre de 2009 a las 12:00 horas .

Cada licitador presentará dos sobres cerrados y lacrados por cada local que se oferte , con la siguiente indicación “Oferta para la venta del local Nº____ de la parcela Nº ___ del PP__.

SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL

•  Fotocopia del N.I.F. en personas físicas y del C.I.F. de la Empresa y N.I.F. de su representante en caso de personas jurídicas.

•  Fotocopia de escritura de constitución y poderes inscritos en el caso de personas jurídicas.

•  Declaración de no incompatibilidad ( ANEXO …… )

•  Resguardo acreditativo de ingreso de la cantidad fijada como garantía o Aval en su caso.

•  Actividad a la que se va a dedicar el local.

SOBRE B: PROPOSICIÓN ECONOMICA

Se incluirá en este sobre, que se presentará convenientemente cerrado y lacrado, la proposición económica que incluirá, en todo caso, el IVA a repercutir en factura por EMSULE, S.A. y según formato del anexo nº 2.


CLAUSULA 8ª. ELEVACIÓN A PÚBLICO DE LA VENTA

La venta se formalizará, en principio, mediante contrato privado exigiéndose el desembolso de la siguiente forma:

15 % del precio total ofertado en el momento de formalizar la adjudicación en documento privado.

85 % restante a la elevación a Escritura Publica, acto que se realizará no mas tarde de un mes a partir del requerimiento expreso de EMSULE, S.A. al adjudicatario.

EMSULE, S.A. prevé la formalización de un préstamo hipotecario en el que libremente podrá subrogarse el comprador antes de la firma de la escritura, que, en principio, cubriría el 70% del precio de venta, la diferencia, en mas o en menos de este 70% se ajustaría en el acto de la escrituración.

Los gastos que ocasione la escrituración de la venta, gastos de notaria y registro , impuestos y tasas, excepto el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana , serán de cargo del comprador.


CLAUSULA 9ª

El local se entregará diáfano y en bruto.


CLAUSULA 10º

La parte vendedora, EMSULE, S.A., se reserva el derecho de efectuar en el transcurso de la obra, las modificaciones que oficialmente le fuesen impuestas por los organismos competentes, así como aquellas otras que vengan motivadas por exigencias técnicas o jurídicas puestas de manifiesto durante su ejecución, en tanto no supongan una alteración significativa del objeto del contrato.

En caso de que las citadas modificaciones alteren sustancialmente la configuración y características físicas del local objeto de la compraventa, la parte compradora podrá optar por la resolución de mutuo acuerdo del contrato, con recuperación de las cantidades entregadas a cuenta, y sin penalización para ninguna de las partes.

Así mismo, en caso de que la modificaciones afecten a la superficie final del local, en más o en menos sobre la inicialmente pactada , la parte compradora podrá optar entre mantener la vigencia del contrato con la alteración del precio en más o en menos, proporcional a la variación de la superficie, o la resolución por mutuo acuerdo del contrato, en lo términos previstos en el párrafo anterior.

Asimismo, EMSULE, S.A. y el adquirente, autorizan a la Dirección Facultativa de la obra a modificar o sustituir soluciones constructivas o materiales de construcción.

CLAUSULA 11º

El adjudicatario formará parte, a todos los efectos, de la Comunidad de Propietarios del Edificio.

Leganés, Mayo de 2009


MODELO DE AVAL.- GARANTÍA A PRESENTAR POR EL LICITADOR

AVAL Nº ________

La Mercantil , S. A., con domicilio en , y CIF Nº , y con domicilio a efectos notificaciones y requerimientos en , y en su nombre y representación D. con D.N.I. Nº , con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de los poderes notariales otorgados ante el Notario de , Don con fecha de de 200, con numero de su protocolo.

AVALA

En los términos y condiciones generales establecidas en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas ( L. 13/1995 de 18 de Mayo), y en concreto, en los términos establecidos en sus Art. 37, 44, 45, 46 y 47 a la empresa , y CIF Nº , ante EMSULE, S. A., hasta la cantidad de NUEVE MIL QUINCE EUROS CON DIECIOCHO CENTIMOS (9.015,18 €), en concepto de GARANTÍA para responder de las obligaciones contractuales y responsabilidades extra-contractuales derivadas de la subasta para la adjudicación del local Nº ____ sito en la Parcela Nº ____del PP__ de Leganés.

PRIMERO: El presente Aval será devuelto dentro de los diez días siguientes al de adjudicación.

SEGUNDO: El avalista reconoce a EMSULE, S. A., derecho preferente sobre otros acreedores para la ejecución del aval en su caso.

CUARTO: El presente aval podrá ser ejecutado, en su caso, por EMSULE, S. A., directamente ante el avalista sin mas requisitos previos que el requerimiento notarial al avalado para que proceda a hacer frente a sus obligaciones y responsabilidades en el plazo máximo de 15 días, y acta notarial de que no se ha procedido en ese sentido.

La presente garantía ha sido inscrita en el Registro Especial de Avales con el número .

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, se expide el presente documento en Madrid, a de de 2.009.


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